México, DF * Notimex. La Secretaría del Trabajo, a través de la Profedet, recordó a los trabajadores que tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo y en caso contrario, lo pueden reclamar conforme a la Ley Federal del Trabajo.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) expuso que ésta es una prestación laboral y un derecho irrenunciable de los trabajadores, previsto en el Artículo 87 de dicha ley, el cual debe ser entregado en un solo pago antes del 20 de diciembre por al menos 15 días de salario.
La legislación señala que este monto mínimo se aplica sin perjuicio de que de manera individual o colectiva trabajadores y patrones tengan pactada una suma superior, precisó. Dijo que los trabajadores que no han cumplido un año laboral, independientemente de que estén o no activos, tienen derecho a que se les pague una parte proporcional de aguinaldo, agregó.
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