El consejero electoral del INE, Benito Nacif, opinó que las expresiones de quienes han manifestado su intención por contender por la Presidencia de la República en 2018 se dan al amparo de la libertad de expresión, lo que en su opinión, no constituye un acto anticipado de campaña.
Recordó que un acto anticipado de precampaña o campaña ocurre cuando, una vez iniciado el proceso electoral de que se trate, se solicita el voto de la ciudadanía y se presenta o difunde una plataforma electoral.
Opinó que si bien al INE le corresponde garantizar equidad en la contienda, lo cierto es que aún no arranca el periodo electoral rumbo a la elección presidencial, ya que éste comenzará en octubre de 2017.
De acuerdo con Nacif Hernández, personajes como Miguel Ángel Mancera y Margarita Zavala, quienes hicieron pública su intención de contender por la Presidencia de la República, tienen el estatuto y la configuración de derechos y obligaciones que corresponden a un ciudadano protegido.
El periodo en el cual el estatus legal de un ciudadano cambia y, por lo tanto su configuración de derechos y obligaciones se modifica, es a partir del inicio del proceso electoral y “a partir de entonces no sólo tenemos ciudadanos, sino tenemos aspirantes y ya en el periodo de precampañas tememos precandidatos”.











