Falacia| la promoción del aborto

"México, D.F. * El Universal. Organizaciones defensoras del derecho a la vida sostuvieron que la promoción del aborto como derecho ""es la más absurda falacia que se torna más grave cuando se pretende confundir a la sociedad con otro delito como el homicidio en razón de parentesco, que jurídicamente significa el asesinato de un bebé por parte de su propia madre"".

Ivette Laviada, presidenta de la Red Pro Yucatán, y el doctor en Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM, José Antonio Sánchez Barroso, y el Instituto de Formación en Valores de Durango, coincidieron en que el aborto y el homicidio en razón de parentesco son dos delitos distintos y con trato jurídico diferente, por lo que es falso que existan mujeres presas por el delito de aborto.

Sánchez Barroso expuso que de acuerdo con los códigos penales locales y al Código Penal Federal, a la mujer que comete aborto se le aplican penas que no rebasan los cinco años de prisión, en consecuencia, pueden pagar fianza y llevar el proceso penal en libertad. En algunos estados de la República se ha sustituido la pena por tratamiento médico integral en libertad.

Por el contrario, agregó, cuando se trata del delito de homicidio en razón de parentesco, existen agravantes evidentes porque se trata del homicidio de un menor por parte de su propia madre, lo que se castiga hasta con cincuenta años de cárcel.

El sistema jurídico mexicano establece claramente que el aborto es un delito, pero también que cuando se produce por causas ajenas a la mujer, es decir, cuando se da de manera espontánea o cuando está en peligro la vida de la madre está exento de una sanción penal.

José Antonio Sánchez Barroso aseguró que nunca en la historia de este país, en los últimos 150 años se ha penalizado a una mujer por haber sido violada y recurrir al aborto. El sistema jurídico mexicano es claro, continuó, y subrayó que si una mujer se practica un aborto porque su embarazo es producto de la violación, no se le aplica sanción penal.

Por su parte, Ivette Laviada, refirió que en Guanajuato la presión social de algunos grupos pro abortistas dio como resultado que se redujera la pena corporal cuando se ha cometido el delito de homicidio en razón de parentesco, de tal modo que lo que en realidad es un delito grave, ahora se verá como ""permiso"" para asesinar a un bebé alumbrado si se comete antes de las 24 horas.

Es decir, se redujo la pena que antes era de 25 a 30 años a un mínimo de tres años y un máximo de ocho años, para la mujer que asesine a su hijo en las primeras 24 horas de nacido y podrá salir libre bajo fianza, con lo cual el delito cometido quedará prácticamente impune.

"