El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que los servidores públicos deben abstenerse de acudir a actos proselitistas en días hábiles con el fin de garantizar la equidad en los procesos electorales.
En la Tesis L/2015 «Actos proselitistas. Los servidores públicos deben abstenerse de acudir a ellos en días hábiles», indicó que según el artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, los servidores públicos están obligados a observar el principio de imparcialidad para preservar condiciones de equidad en la contienda electiva.
Los funcionarios no deben aprovechar el cargo que ostentan para afectar procesos a favor o en contra de un candidato o un partido.
Resolutivo
El TEPJF resolvió que cuando se encuentren obligados a realizar actividades en el desempeño del cargo público, solo podrán apartarse de esas actividades y asistir a eventos proselitistas, en los días que se contemplen en la legislación como inhábiles.











