Inconstitucional, pagar salarios caídos por un año

El Décimo Sexto Tribunal Colegiado en materia de trabajo del primer circuito estableció que es inconstitucional el párrafo del artículo 48 de la ley Federal del Trabajo que prevé el pago de salarios caídos por un periodo máximo de 12 meses en caso de despido injustificado.

En su fallo, el tribunal federal aseguró que el párrafo segundo de dicho precepto vulnera el principio de progresividad previsto en el artículo primero de la Constitución federal.

La instancia federal subrayó que si bien es cierto en la reforma legal se planteó la aspiración de que los juicios duraran un año, en el análisis de la situación real, se confirma que tal aspiración no se cumple.

“Limitar el pago de salarios a la hipótesis teórica no confirmada genera un daño a quien no es imputable la tardanza y lesiona sus derechos [pues] lo priva de la manutención a que tenía derecho”.