El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas tienen la facultad de emitir sus propias normas jurídicas para regular sus formas de convivencia interna.
Al emitir la Tesis XXVII/2015, con el rubro «Sistemas normativos indígenas. Implicaciones del derecho de autodisposición normativa», el TEPJF determinó que en caso de conflictos o ausencia de reglas consuetudinarias aplicables, deben ser los propios pueblos quienes busquen la solución más adecuada.
Se garantiza el derecho a la libre determinación de los integrantes de los pueblos y las comunidades indígenas.
El criterio jurídico aprobado en sesión pública del 30 de mayo de 2015, se fundamenta en la Constitución, en el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.











