El Instituto Nacional Electoral (INE) debe entregar versión pública de solicitudes que realizó, de 2016 a 2023, a plataformas digitales como Instagram, Facebook, Twitter y Tik-Tok, en las que se requirió cualquier información y datos personales de sus usuarios, así como las respectivas respuestas, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, resaltó que el uso de las redes sociales puede tener implicaciones en temas tan diversos como la fiscalización electoral o la investigación de presuntos incumplimientos a la normativa en la materia.
La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del INE, que declaró inexistente parte de lo requerido; sin embargo, identificó algunos expedientes relacionados con redes sociales, así como oficios de expedientes en sustanciación, mismos que reservó, ya que se encuentran en trámite.
Al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena advirtió que el sujeto obligado no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia.
Con base en los argumentos presentados, el Pleno del INAI resolvió modificar la respuesta del INE y le instruyó realizar una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas competentes.











