Inviable voto extranjero por falta de legislación

Los mexicanos en el extranjero no podrán participar en la elección del Poder Judicial, debido a que no se incluyó en la legislación secundaria, determinó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

En respuesta a una consulta de organizaciones migrantes y una senadora, el órgano electoral señaló que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) señala que el sufragio en el extranjero para esta elección sólo podrá hacerse como un ejercicio para recopilar datos, y no tendrá efecto vinculante.

El INE recibió escritos de la senadora migrante Karina Ruiz, la asociación Fuerza Migrante A.C. y el Colectivo de Federaciones y Organizaciones Mexicanas Migrantes en Estados Unidos, pidiendo que se garantice este derecho en la elección federal de 2025.

El acuerdo fue aprobado con seis votos a favor y cinco en contra, con opiniones divididas entre consejerías, ya que unas consideraban que sí están obligados a garantizar este derecho, mientras que otros consideraron que no tenían posibilidad material para realizarlo.

El consejero Uuc-kib Espadas consideró que no se sustenta que mexicanos en el extranjero que están fuera de jurisdicción de ciertos jueces puedan ejercer su voto.

En contra del proyecto, el consejero Arturo Castillo, consideró que el INE puede actuar ante la omisión legislativa, como ha regulado otros aspectos que no prevé la ley.

La consejera Carla Humphrey señaló que el proyecto no analiza a profundidad del caso y no obedece al principio de progresividad para garantizar el voto.

INE aprueba requisitos

Por otra parte, el Consejo General del INE aprobó el instructivo para las organizaciones civiles que buscan constituirse como partidos políticos, cuyo registro iniciará en enero de 2025.

El documento establece que las organizaciones interesadas deberán reunir un mínimo de 256 mil 030 afiliados, que corresponde al 0.26 % del padrón electoral de la elección federal anterior.

Otro de los requisitos será la celebración de 20 asambleas estatales con al menos tres mil asistentes cada una; o bien, 200 asambleas distritales con una asistencia de 300 personas.

En cuanto a los plazos, las organizaciones podrán entregar su notificación de intención de conformarse como partido del 8 al 31 de enero de 2025.

Una vez que el INE determine la procedencia de la solicitud, podrán comenzar con la afiliación de personas mediante aplicación móvil, o bien en papel con régimen de excepción solo en municipios de muy alta marginación, con fecha límite en febrero de 2026, es decir, un margen de un año.