Javier Laynez cuestiona renuncia de Mónica Soto

Javier Laynez cuestiona renuncia de Mónica Soto

Javier Laynez Potisek, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuestionó la renuncia de la magistrada Mónica Soto Fregoso, quien el lunes hizo pública su decisión de dejar su cargo en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF).

“Dice la Constitución claramente que la renuncia de un magistrado electoral solamente procede por causa grave que debe aprobar el Legislativo”, expresó el jurista en sus redes sociales.

De acuerdo con Laynez Potisek, la carta de renuncia que presentó Mónica Soto no expone ninguna causa grave que justifique la dimisión del cargo.

“Se va porque ‘ha tomado la decisión de concluir el ciclo…’ e incluso pone fecha para hacerlo. Seguramente el Senado la aprobará”, vaticinó el ministro en retiro.

Por ello, acusó que interpretar las normas a conveniencia, atropellando la Constitución, “se está volviendo la regla en México”.

Salida, preocupa a consejeros del INE

Por su parte, consejeros electorales del Instituto Nacional Electoral (INE) expresaron su preocupación ante la salida anticipada de la magistrada, a menos de un mes del arranque del Proceso Electoral 2026-2027.

En entrevista previo al inicio de la sesión de este martes en el Consejo General del INE, la consejera Carla Humphrey lamentó que con la salida de Soto Fregoso se sumen dos vacantes que deberían ocupar mujeres dentro de esta Sala Superior.

En ese mismo sentido se posicionó el consejero Martín Faz, quien consideró que el voto de calidad de la presidencia “no es bueno”, porque conduce a que la decisión recaiga en la consideración de una sola persona.

Así se decidirá quién ocupará cargo

De acuerdo con el artículo 98 de la Constitución Política, cuando la vacante de una magistrada o magistrado del Tribunal queda sin ocupación por más de un mes o de manera definitiva, “ocupará la vacante la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en número de votos en la elección para ese cargo”.

La misma Constitución establece en su apartado de “Transitorios” que los cargos de personas juzgadoras de los Poderes Judiciales federal y locales que no hayan sido objeto de renovación en la elección judicial del año 2025, “se elegirán sin excepción en las elecciones judiciales federal y locales del año 2028”.