Por “manifiesta e indudable improcedencia”, una jueza federal desechó de plano la demanda de amparo del empresario mexicano de origen chino, Zhenli Ye Gon, contra actos de “incomunicación” en el penal del Altiplano, Estado de México, donde se encuentra preso desde octubre de 2016.
A finales de marzo, Ye Gon, extraditado a México después de estar preso en los Estados Unidos, se quejó de que no se le permitió acceso a los locutorios del penal para tener comunicación con su defensora particular.
Por lo que recurrió a la protección de la justicia contra dichos actos, de los que culpó a la directora del Centro Federal de Readaptación Social núm. 1 Altiplano y al presidente del Comité Técnico del Cefereso.
Sin embargo, la jueza Primera de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Abigail Ocampo Álvarez, resolvió desechar el recurso porque Zhenli Ye Gon debió primero agotar la vía administrativa y el mecanismo de control previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal, antes de acudir al juicio de amparo indirecto.
El 7 de marzo, el empresario realizó una petición a las autoridades penitenciarias, a efecto de que fundaran y motivaran la negativa de permitirle entrevistarse con su defensora particular.
No obstante, no adjuntó los “elementos que permitan acreditar su dicho, ni el sentido de la respuesta realizada por la autoridad responsable, en caso de que esta ya se haya pronunciado al respecto”, señaló la jueza.
Ocampo Álvarez afirmó que el quejoso no hizo referencia a que no tenga comunicación interna, así como con el personal del centro de reclusión en donde se encuentra, por lo cual no puede tenerse como acto de incomunicación o aislamiento.












