La corte marca nuevo límite a fuero militar

"Ciudad de México * El Universal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió por mayoría de votos que los delitos cometidos por militares en activo que afecten a civiles, aún de manera indirecta, son competencia de los tribunales civiles.

Por ocho votos contra dos, el pleno resolvió que tres militares acusados de simular pruebas para inculpar a un civil en delitos contra la salud, deben ser procesados por el Juez Séptimo de Distrito en materia penal de Michoacán, pues cometieron el ilícito como servidores públicos en ejercicio de sus funciones.

Con este criterio, la Corte amplió el concepto de civiles afectados en delitos cometidos por militares en activo.

En el caso concreto resuelto este martes, los militares, acusados de falsedad en declaraciones e informes falsos en la modalidad de simulación de pruebas, rindieron un parte informativo sobre el aseguramiento de una camioneta en cuyo interior habrían localizado tres kilogramos de marihuana.

Los hechos del parte, que atribuye la propiedad del vehículo a Jesús Piedra Villalobos, resultaron falsos, pues durante la investigación las propietarias del vehículo interpusieron una denuncia en contra de los soldados en la que se acreditó que la droga había sido ""sembrada"" por los militares.

El juez militar declinó la competencia en el caso, por considerar que se afectaban derechos humanos de civiles, y el juez federal hizo lo mismo, con el argumento de que se trataba de un delito en el que el sujeto pasivo era el Estado en su función de administración de justicia.

Tras esta decisión, la Corte inició el estudio del caso del indígena nahua Bonfilio Rubio Villegas, asesinado por soldados en 2009 en un retén militar, cuyos familiares promovieron un amparo para que el caso sea turnado a un tribunal civil, ya que continúa en el ámbito castrense.

El proyecto de la ministra Olga Sánchez Cordero, propone que el asunto sea turnado a un juzgado de distrito en materia penal, para garantizar que los familiares de la víctima civil participen en el proceso penal, no sólo para efectos de la respectiva reparación del daño, y para hacer efectivos sus derechos a la verdad y a la justicia.

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