La SCJN y nuestro Estado de derecho

Preocupados por sucesos que apuntan a que algunas decisiones políticas tienen tintes autoritarios, el pasado 11 de mayo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) nos devolvió la esperanza al darnos a conocer que contamos con un Tribunal Constitucional autónomo e independiente y esto es la mejor garantía de que en un país con muchas perturbaciones a su sistema democrático, coexiste un Estado de derecho.

La SCJN celebró sesión de su pleno y resolvió, por unanimidad, la inconstitucionalidad del Decreto 351 de reforma a la Constitución del estado de Baja California que amplió el periodo del gobernador electo en 2019, de dos a cinco años, es decir, hasta el 31 de octubre de 2024, lo que se llamó comúnmente #LeyBonilla en alusión al actual gobernador de dicha entidad.

Jaime Bonilla ganó la elección a gobernador en Baja California en 2019, cuyo mandato arrancó el primero de noviembre de ese año y culmina el 31 de octubre de 2021. No obstante, prácticamente un mes después, el Congreso local amplió el periodo del mandato del Ejecutivo local a cinco años a través de una reforma a la Constitución del Estado.

Consecuentemente, y ante las demandas presentadas por diversos actores políticos, la SCJN determinó que para un cambio en el periodo de gobierno debió seguirse un procedimiento legal que obliga a que cualquier modificación a las reglas de una elección debían de hacerse 90 días antes del arranque del proceso electoral (artículo 105 de la Constitución General), es decir, en mayo de 2019 y no después de la elección buscando darle, además, un efecto retroactivo.

Los ministros hicieron énfasis en que la duración en el cargo constituye uno de los rubros fundamentales de las reglas de un proceso electoral, así como un factor que es determinante para el sentido del voto de la ciudadanía. Más aún, el pleno de la Corte estableció que la amplitud del periodo realizada con posterioridad a la elección violó diversos principios fundamentales de nuestro sistema democrático, resaltando el de la certeza, la legalidad y la seguridad jurídica; así como varias disposiciones relacionadas con las bases constituciones de la organización política de los Estados; el derecho fundamental de votar y ser votado, y los principios de no reelección y de irretroactividad de las leyes.

La Corte también criticó duramente el procedimiento llevado a cabo por el Legislativo de dicha entidad que, en palabras del ministro presidente, Arturo Zaldívar, fue una “maquinación” para “burlar la voluntad del pueblo”.

Incluso hizo referencia a un “fraude electoral” al usar herramientas de nuestro sistema democrático, pero para ir en contra de éste lo que constituyó una violación al principio de soberanía popular, así como a la voluntad de las y los ciudadanos de Baja California expresada en las urnas en la jornada electoral. Esta suma de violaciones, a decir del ministro presidente Zaldívar, tuvo «un efecto corruptor de la democracia».

Por ello, el pleno de la Corte decretó la invalidez del referido Decreto, dejando la disposición que el gobernador concluirá su mandato el 31 de octubre de 2021, como originalmente estaba previsto.

La Corte deja abierta la posibilidad de analizar el «fraude electoral» más allá de los parámetros hasta ahora determinados por los órganos jurisdiccionales. Un tema para el análisis, sería ver si la actual conformación de la Cámara de Diputados, muy distinta al resultado electoral de 2018 manifestado por la ciudadanía, podría tipificarse como un “fraude postelectoral”.

Es de reconocerse que la SCJN se haya pronunciado con tal contundencia ante un acto lleno de violaciones que, independientemente de las acciones que diversos actores políticos determinen ejercer, permite preservar el auténtico peso de nuestra democracia que se funda primordialmente en la decisión del pueblo, y por supuesto, en las determinaciones soberanas y de justicia constitucional dictadas por la SCJN.