Ley de Extorsión: en manos del Congreso

Ley de Extorsión: en manos del Congreso

Hace unos días, la Consejería Jurídica de la Presidencia, presentó una iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Extorsión, que fue enviada por la presidenta al Congreso para su discusión y de ser el caso, su aprobación.

Se trata de un hito más para fortalecer a todas las dependencias encargadas de la justicia del país, con cambios a distintos instrumentos jurídicos clave, que permiten robustecer las capacidades del Estado para combatir con mayor fuerza este delito que ha dañado tanto a miles de familias.

La iniciativa comienza por homologar el tipo penal en todo el país, ordenar su persecución de oficio y emparejar las reglas de investigación, sanción y ejecución, de modo que la protección no dependa del valor de la víctima, sino de la capacidad institucional para cortar las redes que lucran con el miedo.

En lo sustantivo, el proyecto fija penas que van de los seis a los 15 años de prisión y prevé agravantes cuando hay cobro de piso, si las víctimas son menores de edad o personas migrantes, si el delito lo comete una persona servidora pública o si se ejecuta desde un centro penitenciario. También engrosa el marco legal de la Estrategia para Prevenir y Combatir la Extorsión, y consolida el 089 como canal nacional de denuncia anónima.

Ahora el reto será aterrizar esta iniciativa en la operación, lo que implica, entre otras medidas, homologar manuales y protocolos; volver la mirada a la inteligencia criminal, la analítica de llamadas y datos, mayor coordinación entre equipos de campo con fiscalías y policías cibernéticas, además de mesas con la industria de telecomunicaciones para cancelaciones expeditas y conservación de metadatos.

Hay, además, tres advertencias necesarias. Primera: la extorsión carcelaria no se resuelve solo con inhibidores; demanda controles reales de gobernabilidad penitenciaria, trazabilidad de tarjetas SIM, auditorías aleatorias y responsabilidad administrativa cuando se detecten nodos internos.

Segunda: armonizar leyes sin nivelar capacidades dejaría a los ministerios públicos locales con el viejo problema de siempre: carpetas voluminosas y mal integradas; por eso, la ley deberá vincularse a criterios de certificación de unidades antiextorsión y al financiamiento condicionado al desempeño.

Tercera: la persecución de oficio no puede convertirse en atajo para malas prácticas; debemos blindar el debido proceso y la calidad probatoria si queremos sentencias firmes que no se caigan en una segunda instancia.

Las fiscalías deberán profesionalizar la toma de decisiones con tableros semanales que crucen reportes del 089, C2/C5, inteligencia financiera y denuncias presenciales, para mapear zonas calientes, identificar patrones de modus operandi y priorizar objetivos de alto impacto.

El Congreso tiene ahora la tarea de aportar, no de diluir. Hay margen para afinar definiciones y cerrar ambigüedades que, históricamente, han permitido que la extorsión se camufle como “cobranza extrajudicial” o “servicios de protección”.

Si se logra alinear normativa, capacidades institucionales y control patrimonial, se estará asumiendo plenamente la responsabilidad de proteger a las víctimas, generando confianza para la denuncia y combatir juntos, Estado y sociedad, este delito que tanto nos lastima.