Los primeros amparos contra las nuevas reglas para el consumo y venta de cigarros en el país empezaron a llegar a los juzgados administrativos, y una de las empresas quejosas de las medidas en vigor desde el domingo pasado sufrió un revés.

El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México negó la suspensión provisional a la empresa Habano 2000, S. A. de C.V., en el juicio de amparo que interpuso en contra del Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A través de su representante legal, María Eugenia Jaso Jáuregui, Habano 2000 recurrió a la protección de la justicia para evitar aplicar la nueva norma y poder continuar con la publicidad, promoción y patrocinio de cigarros, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, como la exhibición.

Sin embargo, el titular del juzgado, Ulises Oswaldo Rivera González, determinó improcedente conceder la medida cautelar para los efectos solicitados, ya que se contravendrían disposiciones de orden público e interés social, además del daño que puede ocasionar al público el consumo de productos de tabaco.

El juzgador se inclinó por privilegiar la conservación del Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, atribuido al subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, ya que tiene el fin de reducir el consumo de tabaco, la exposición al humo y emisiones en la población; procurando proteger a la sociedad de los factores de riesgo en la salud.

“Eliminar o suspender esas medidas de control podría afectar el interés de la sociedad, ya que es de interés colectivo la expedición de ordenamientos legislativos”.