El Pleno del Senado aprobó una reforma para prohibir y sancionar hasta con 12 años de prisión a quien realice o fomente terapias de reorientación sexual, conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig).

Con 69 votos a favor de Morena, PRI, Movimiento Ciudadano, Encuentro Social, PRD y Grupo Plural, así como dos sufragios en contra y 16 en abstención de senadores del PAN, se aprobó castigar con prisión de dos a seis años a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Reforma

La reforma que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis, señala que se incrementará la pena al doble, es decir, 12 años, cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

Además, se aplicará la pena de amonestación o apercibimiento a consideración del juez cuando sean el padre, madre o tutor de la víctima quienes incurran en las conductas sancionadas.

Se suspenderá del ejercicio profesional de uno a tres años a las personas profesionales o que impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

En caso de reincidencia se impondrá la prohibición definitiva del ejercicio profesional correspondiente, con la cancelación del registro de la cédula profesional.