México llega a 21 mil 825 fallecidos

México acumuló, al corte de este 21 de junio, 21 mil 825 muertes por Covid-19, con 180 mil 545 casos de contagios confirmados de coronavirus, según informaron autoridades de la Secretaría de Salud.

José Luis Alomía, director general de Epidemiología, detalló que hay 56 mil 590 casos sospechosos, aunque con 242 mil 393 casos negativos acumulados en el país.

En el informe diario de coronavirus, en Palacio Nacional, Alomía Zegarra recordó que aún quedan 15 estados del país bajo el semáforo rojo, por lo que hay actividades que permanecen cerradas, como los cines, bares y juegos deportivos.

Este sábado, la Secretaría de Salud había confirmado 20 mil 781 muertes, 175 mil 202 contagios y más de 23 mil casos activos por coronavirus en México.

Ayer domingo, según el recuento diario de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las muertes por Covid-19 se elevaron a 461 mil 715 en todo el planeta y los casos confirmados alcanzan los 8,7 millones.

Juzgado declara esenciales las giras de AMLO

Por otra parte, un juzgado federal declaró que las actividades del presidente Andrés Manuel López Obrador son esenciales y, por ello, no pueden ser suspendidas por la pandemia del Covid-19.

Moisés García Ochoa, secretario en funciones de juez de Distrito del Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, desechó un amparo en el que se solicitó suspender las actividades y giras por la República Mexicana del mandatario durante la emergencia sanitaria.

En la demanda desechada por el juzgador federal, el quejoso reclamó que López Obrador ha omitido cumplir el acuerdo que establece las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el Covid-19.

Sin embargo, el secretario en funciones de juez señaló que por el cargo que ocupa López Obrador, es libre de continuar trabajando o mantener resguardo domiciliario a voluntad.

“Al ser el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en quien se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión, en términos del artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que cuenta con las facultades y obligaciones que establece el numeral 89 del citado ordenamiento, deberá ser su voluntad el presentarse a laborar, o bien, el resguardo domiciliario.

“Por tanto, la parte quejosa carece de interés para reclamar las omisiones que aduce, toda vez que las hace desprender del cumplimiento al citado acuerdo, sin que, se insiste, exista obligación directa del presidente de la República de suspender sus actividades en el país en relación con el acuerdo señalado”, señaló.

En cambio, advirtió que de admitir la demanda de amparo esto implicaría contravenir a la división de poderes al buscar que el Poder Judicial intervenga en las decisiones del Ejecutivo.

Desde el pasado 1 de junio, el presidente Andrés Manuel López Obrador retomó sus giras de trabajo y acudió, por tierra, a Cancún, Quintana Roo, para dar el banderazo de inicio en las obras del Tren Maya.

Hasta el último corte, México acumuló 175 mil 202 casos confirmados de Covid-19, 20 mil 781 muertes y 131 mil 686 pacientes recuperados.