"México, DF * Notimex. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el gobierno federal tiene el dominio directo sobre minerales y que a los concesionarios que extraen este material sólo se les transmite el derecho de explotación.
Puntualizó que si bien los concesionarios pueden ejercer derecho de transmisión, esto no significa que la explotación de minerales deje de ser una actividad sobre materiales propiedad de la nación.
Subrayó que concesiones son de orden constitucional y administrativo-federal, por lo que la inscripción en esta actividad queda asentada en el Registro Público de Minería, autoridad que depende de Secretaría de Economía.
De esta manera, ministros aclararon que si una empresa demanda a concesionarias mineras, el conflicto es de jurisdicción federal y no del fuero común, pues se trata de bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación.
Al resolver un amparo, la Sala de la Corte confirmó la sentencia de un tribunal que determinó que el término ""dominio directo de la nación"" se extiende a las obligaciones que tienen que atender las concesionarias mineras, y que los conflictos entre estas empresas se deben resolver en el orden federal.
No obstante puntualizó que la transmisión de las concesiones no se trata de una operación exclusiva entre particulares, pues está involucrado un régimen de dominio público federal que vincula el interés general.
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