El director general de Asociaciones Religiosas, Arturo Manuel Díaz León, recordó que los ministros de cualquier culto tienen prohibido por ley asociarse y/o apoyar a algún partido político durante las campañas electorales.
Los infractores serán acreedores a una sanción o multa de hasta 20 mil días de salario mínimo vigente, lo que equivale a 1.5 millones de pesos, expuso el funcionario de la Secretaría de Gobernación (Segob).
Los ministros de culto tampoco tienen la posibilidad de asociarse con candidatos o partidos políticos ni realizar labores de proselitismo, ya sea a favor o contra algún aspirante a un cargo público, de acuerdo al artículo 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento.
Tras participar en la XXIX Consulta Nacional Jurídica y Fiscal para Iglesias y Asociaciones Religiosas, abundó que quienes infrinjan esta norma también pueden ser apercibidos y las autoridades podrán clausurar de manera temporal o definitiva locales destinados al culto público.
De igual forma podrán ser suspendidos los derechos de las asociaciones religiosas correspondientes en el territorio nacional o bien en un estado, así como la cancelación de su registro.
En el caso de los partidos políticos, el INE deberá tomar medidas correspondientes, puntualizó el titular de la Dirección General de Asociaciones Religiosas.
Al respecto el presidente de la Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas (Confraternice), Arturo Farela Gutiérrez, dijo que como en cada proceso electoral, todos los partidos se acercan a los templos para pedir su voto e incorporarlos a sus campañas.
“La clase política buscará su tajada electoral y además exponen a muchos ministros o feligreses a ser sancionados con infracciones”, alertó.
Por ello exhortó a los ministros de culto a abstenerse y tener cuidado para evitar ser seducidos por los aspirantes a algún cargo de elección popular y por partidos políticos que se ostentan como cristianos.











