Modificar convocatoria a candidato: PRI-DF

"México, DF * El Universal. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al PRI modificar la convocatoria para elegir a su candidato a Jefe de Gobierno, pues la obligación de haber obtenido un cargo de elección popular para aspirar al cargo resulta violatoria del derecho a votar y ser votado.

El Tribunal también declaró la invalidez el Artículo 166 Fracción novena de los estatutos del PRI que precisa: ""Para los casos de presidente de la República, gobernador y Jefe de Gobierno del Distrito Federal se requerirá acreditar la calidad de cuadro, dirigente y haber tenido un puesto de elección popular a través del partido, así como diez años de militancia partidaria"".

En respuesta a una impugnación presentada por Juan Antonio Flores Vera, el TEPJF dio además 24 horas -a partir de la notificación de la sentencia- a este ciudadano para presentar su solicitud de registro como precandidato al gobierno del Distrito Federal y a la Comisión de Procesos Internos del PRI capitalino, 24 horas -a partir de la presentación de la solicitud- para dictaminar si el ciudadano cumple con los requisitos para contender por el cargo.

El TEPJF también dará vista al IFE de la invalidez del Artículo 166 Fracción novena de los estatutos del PRI para que verifique que el partido lo modifique.

"