En el marco de la Cuarta Sesión Ordinaria de la Comisión Política Permanente, el presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Manlio Fabio Beltrones, presentó su renuncia al cargo con carácter irrevocable, fundamentado en el artículo 83, fracción 7, de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional; por lo que dicha Comisión procederá a dar vista al Consejo Político Nacional para los efectos que estatutariamente correspondan.
Con base en la misma normatividad, que en su artículo 164 establece la prelación como método para ocupar el cargo, la Secretaria General, licenciada Carolina Monroy, asume la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional, contando con un periodo de 60 días para convocar a la asamblea general del Consejo Político Nacional, en la que se llevará a cabo la elección o ratificación del Presidente sustituto que deberá concluir el periodo estatutario a septiembre de 2019.
En su Artículo 83 bis fracción VII, establece que la Comisión Política Permanente (órgano en que Beltrones Rivera presentó su dimisión) tiene la atribución de “tomar conocimiento de la renuncia del presidente, del secretario general, o de ambos del CEN y darle vista al Consejo Político Nacional para los efectos que estatutariamente correspondan”.
Asimismo, los estatutos precisan entre otros como requisitos para quienes aspiren a ocupar la presidencia del partido: acreditar una carrera partidista o una militancia de 10 años como mínimo; no haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delitos graves del orden común o federal o por delitos patrimoniales; ser cuadro de comprobada disciplina y lealtad al partido.
Los estatutos en su Artículo 164 establece que la solicitud de licencia temporal al cargo de presidente o secretaria general deberá ser acordada por el Comité de nivel superior. En el caso de la presidencia o secretaria general del CEN, su otorgamiento deberá ser acordado por la Comisión de Normatividad y Coordinación Política.












