Ordenan recuento de votos

Ordenan recuento de votos

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó un recuento total de las elecciones en un distrito electoral y de un municipio en Tlaxcala, además de en una casilla de otro municipio.

En su sesión pública de ayer viernes, convocada de manera urgente, los magistrados concedieron la razón al Partido de la Revolución Democrática (PRD) en lo concerniente a la votación correspondiente al Distrito Electoral Local XII con sede en Teolocholco.

En el expediente TET-JE-239/2016, el Tribunal tlaxcalteca había confirmado la validez de la elección de diputados por mayoría en el distrito referido.

El PRD señaló en su recurso JRC-74/2016 que el número de votos nulos fue mayor a la diferencia entre el primero y segundo lugares, por lo cual es viable el recuento de votos, conforme a lo que establece el artículo 242 de la Ley Electoral local.

Señaló la existencia de irregularidades graves, que fueron desatendidas y malinterpretadas por la autoridad responsable.

Ante ello, los magistrados declararon fundada la queja debido a que la resolución del Tribunal tlaxcalteca incumplió con el principio de exhaustividad, porque los magistrados de Tlaxcala no respondieron con precisión a los planteamientos del PRD.

En efecto, el número votos nulos es mayor a la diferencia entre el primero y el segundo lugares, pero el Consejo Distrital únicamente realizó el recuento de votos de 77 paquetes electorales, en lugar de incluir a las 103 instaladas.

Por ello, la Sala Regional ordenó un nuevo escrutinio y cómputo de todo el distrito y revise la validez y entrega de constancias de mayoría.

Asimismo, los magistrados revocaron la sentencia que había emitido el Tribunal Electoral de Tlaxcala con el número de expediente JE-209/2016, respecto a la integración del Ayuntamiento de Txompantepec y ordenaron un nuevo recuento de todas las casillas.

Confirman gubernaturas

En otro tema, el TEPJF confirmó la validez de las elecciones de Chihuahua, Zacatecas y Quintana Roo.

Así ratificó la validez de la entrega de las constancias de mayoría a Javier Corral Jurado, candidato del PAN a gobernador de Chihuahua; Alejandro Tello Cristerna, abanderado del PRI-PVEM en Zacatecas; y Carlos Joaquín González, aspirante de PAN-PRD al gobierno de  Quintana Roo.

Tras el análisis del caso, los magistrados concluyeron que la demanda de PRI-PVEM-Panal resultaba “improcedente al haber transcurrido en exceso el plazo para impugnar, previsto en el artículo 307 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, razón por la cual resulta evidente su extemporaneidad”.

En el caso de Zacatecas y la impugnación promovida por Morena en contra de la resolución del Tribunal local, mediante la cual se confirmó el cómputo estatal, declaró la validez de la elección y gobernador electo a Alejandro Tello Cristerna, postulado por la coalición “Zacatecas Primero”, la Sala Superior consideró que no existió inequidad ni rebase de topes de campaña.

En el caso de Quintana Roo, resolvieron que el Tribunal del estado si desahogó todos los planteamientos expuestos por el PVEM en el juicio de nulidad local. Además, el verde no acreditó “la existencia de un nexo causal entre las irregularidades aducidas y los resultados de la elección” pues la diferencia fue de 8.9% de la votación.