Paridad en riesgo: se reabren las brechas

Paridad en riesgo: se reabren las brechas

Hace unos días, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia histórica relacionada con los límites constitucionales de la paridad de género en la postulación de candidaturas a nivel municipal en el estado de Jalisco.

En esencia, la sentencia determina la revocación parcial de la resolución emitida por la Sala Regional Guadalajara, que había validado en parte los lineamientos para garantizar la paridad de género en las elecciones locales de 2027 que, entre lo más relevante, señalaban que en ocho municipios los partidos debían postular exclusivamente mujeres.

La Sala Superior determinó que ambas medidas excedían las facultades de las autoridades electorales pues, en su razonamiento, imponían restricciones no razonables ni proporcionales que afectaban la autodeterminación de los partidos políticos.

Esta determinación constituye un precedente cuestionable por múltiples razones. La primera: cambia la directriz con la que por años venía resolviendo el Tribunal Electoral, encaminada a cerrar las brechas estructurales de la participación política de las mujeres.

Segunda, el Tribunal reconoce que existe una deuda histórica con las mujeres, en especial para su participación a nivel municipal; en 49 municipios del estado nunca ha gobernado una mujer. Sin embargo, de forma por demás incongruente, termina anulando un mecanismo establecido para revertir este proceso histórico desigual.

Tercero, es insostenible que el Tribunal refiera que la medida adoptada carece de proporcionalidad cuando justo las acciones afirmativas nacieron por el trato desigual en la representación política. Esta disposición violenta el espíritu de la reforma de 2014.

Cuarto, la determinación del Tribunal Electoral desconoce su propia evolución jurisprudencial en el fortalecimiento de las acciones afirmativas para mujeres, que ha construido durante años y que, incluso, limitaba el actuar de los partidos políticos para hacer efectiva la igualdad sustantiva que ahora, además, es un principio constitucional desde 2024. La sentencia coloca nuevamente la autodeterminación de los partidos por encima de la eliminación de barreras históricas, lo cual es en verdad lamentable y alarmante.

Quinto, el propio Tribunal Electoral ha emitido diversas sentencias en las que ha establecido que las autoridades electorales administrativas cuentan con facultades para emitir lineamientos para garantizar el acceso efectivo de las mujeres al poder público.

Una democracia requiere igualdad, reconocimiento pleno a la paridad y construcción permanente de pilares que fortalezcan la presencia de las mujeres; lo contrario es volver a fortalecer un Estado patriarcal que ha costado varias décadas comenzar a desmontar.

Mal precedente a la luz de la proximidad de las elecciones que se llevarán a cabo en 2027, particularmente a nivel municipal, donde la presencia de mujeres es menor y la violencia política por razón de género, mayor.