Somos México ya cuenta con registro como partido político nacional. Lo que no tiene, por increíble que parezca, es permiso para llamarse Somos México.
En una decisión inexplicable en términos jurídicos, el Consejo General del INE le otorgó el registro y, acto seguido, le ordenó cambiar de nombre. Todo parece indicar que se trata de una decisión ilegal, arbitraria y absurda.
¿Qué dice la ley sobre el nombre o denominación de los partidos políticos? La Ley General de Partidos Políticos señala que es obligación de los partidos “ostentar la denominación, emblema y color o colores que tengan registrados, los cuales no podrán ser iguales o semejantes a los utilizados por partidos políticos ya existentes” (artículo 25, numeral 1, inciso d).
¿Tenía el INE, por tanto, la facultad de negarle a Somos México el uso de esa denominación? Por supuesto que sí. Pero para ejercerla debía hacer una de dos cosas: o demostrar que hoy existe otro partido político con el nombre de “Somos México”, o demostrar que hoy existe un partido con un nombre semejante a “Somos México”.
Sucede, sin embargo, que el INE hizo otra cosa. Según se lee en el proyecto de resolución, el Consejo General razonó que el nombre “Somos México” podía “incidir en el electorado a considerar [sic] que la organización representa o encarna a México en su conjunto, excediendo la función meramente distintiva que debe cumplir el nombre de una organización política y proyectando una idea de representatividad nacional, lo que probablemente favorecería indebidamente a quien la ostenta, en contravención de los principios de equidad electoral [sic]”.
Dicho en términos llanos: para el INE, la denominación “Somos México” vulnera el principio de equidad porque transmite la idea de que este nuevo partido representa a “la totalidad de la nación mexicana”, lo cual podría reportarle un beneficio indebido.
Es una decisión insostenible por donde se le mire. Es ilegal, en primer lugar, porque el precepto invocado prohíbe dos cosas —los nombres iguales o semejantes a los de partidos existentes— y el INE jamás demostró, porque no podía demostrarlo, que existiera un partido llamado “Somos México” o algo que se le parezca.
El problema para el INE no fue la existencia de un nombre parecido, sino lo que “Somos México” proyecta —o lo que el INE dice que proyecta—.
Es arbitraria, en segundo lugar, porque el INE no explica cómo, a partir del principio de “equidad electoral”, es posible derivar una norma que prohíbe los nombres que proyectan “una idea de representatividad nacional”.
Y es absurda, por último, porque destila un paternalismo insufrible: el que supone que hay que proteger a la ciudadanía de peligros tan temibles como un partido que se llama “Somos México”. Como si las personas no supieran evaluar candidaturas y partidos más allá de un nombre.
Ilegal, arbitraria y absurda. Eso es. Una decisión que debería revertirse sin mayor trámite en la impugnación que Somos México seguramente presentará para defender el nombre con el que nació y con el que la ciudadanía lo conoce.
Pero no hay que ser ingenuos. La última palabra la tendrá la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF).












