Posponen discusión sobre prisión preventiva

Posponen discusión sobre prisión preventiva

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que se pospone la discusión sobre el proyecto de eliminación de la prisión preventiva oficiosa, una figura legal que permite encarcelar a las personas sin que hayan sido condenadas.

Al inicio de la Sesión del Pleno, Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, informó sobre esta modificación.

“Por acuerdo de este Tribunal Pleno los asuntos relacionados con la prisión preventiva oficiosa se verán en la Sesión del lunes 5 de septiembre”, comentó. Varios funcionarios han expresado su desacuerdo.

Dejar prisión preventiva a decisión de jueces derivaría en corrupción: SSPC

Dejar la prisión preventiva oficiosa a la decisión del juez, en caso de delitos de alto impacto, como homicidio, feminicidio, violación, podría derivar en múltiples casos de corrupción, mercado de abogados y jueces, e incrementaría los riesgos para jueces y víctimas, consideró el subsecretario de Seguridad Pública, Ricardo Mejía Berdeja.

Por su parte, la presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Olga Sánchez Cordero, se manifestó a favor de mantener la prisión preventiva oficiosa para delitos delicados como el de corrupción, pero no imponerla en aquellos que son menores, como el robo a casa habitación y a transporte.

La también ministra en retiro consideró que en la reforma al artículo 19 de la Constitución se agregaron de manera indiscriminada delitos que no ameritan la imposición de esta medida cautelar.

Adán Augusto visita SCJN

El jueves el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, acudió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un día después de que el Gobierno Federal fijara su postura en contra de eliminar la prisión preventiva, como propone el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales.

López Hernández rechazó que acudiera a la Corte a dialogar con los ministros sobre el tema, sino que –dijo- fue a presentar un documento cuyo tema no quiso revelar.¿Cuándo sí y cuándo no se aplica?

Mientras se desarrolla el proceso penal de un imputado y antes de que este obtenga una sentencia, y se da en casos como cuando hay riesgo de fuga, cuando la víctima o víctimas corren riesgo, y para asegurar el buen desarrollo de la investigación, así lo estipula la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), la Constitución y la Corte.

El abuso y violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, entre otros.

La prisión preventiva oficiosa no toma en cuenta la presunción de inocencia, faltando al principio de que todo inculpado por un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.