El diputado Norberto Martínez Soto propuso reformar y adicionar los artículos 84 y 155 de la Ley de Migración, para que ningún transporte aéreo o marítimo en tránsito internacional pueda salir antes de que el Instituto Nacional de Migración (INM) realice la inspección y se autorice el viaje.
Así como la imposición de una multa de mil a diez mil días de salario mínimo vigente en la Ciudad de México, a la empresa propietaria, sus representantes o sus consignatarios, cuando la embarcación salga de puertos nacionales en tráfico de altura, antes de que se efectúe la inspección de salida por el INM y se dé el permiso y autorización para el viaje.
Afirmó que la propuesta de reforma cumple con la obligación del Poder Legislativo federal de revisar y perfeccionar constantemente el marco legal en materia de control migratorio, ante la presencia de un número creciente y acumulado de personas que transitan por territorio mexicano.
El legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) indicó que el personal del Instituto Nacional de Migración tiene prioridad de inspeccionar la entrada y/o salida de personas en cualquier forma que lo hagan.
“Ya sea en medios de transportes nacionales o extranjeros, marítimos, aéreos o terrestres; específicamente, tratándose de transportes marítimos, ningún pasajero o tripulante podrá desembarcar antes de que se efectúe la inspección correspondiente”, afirmó.












