El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propondrá a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) condenar a los dueños de la plaza comercial Reforma 222 y a la empresa encargada de la seguridad de la misma, al pago de una indemnización por daño moral y por daños punitivos, por discriminar a mujeres trans.

En 2023, guardias de seguridad y personal de atención a clientes del centro comercial, ubicado al centro de la Ciudad de México, impidieron que un grupo de mujeres trans ingresaran al baño de mujeres.

Ante ello, las agraviadas presentaron una queja en el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (Copred).

Sin embargo, los dueños del conocido centro comercial, así como la empresa de seguridad privada, se negaron al cumplimiento relativo a la compensación por daño psicológico.

Por tal motivo, las agraviadas demandaron a Reforma 222 ante un juez civil, por discriminación en contra de personas de la comunidad LGBTIQ+.

En segunda instancia, se determinó que sólo se acreditó el acto discriminatorio en contra de una de las mujeres trans y no en contra de su acompañante, por lo que se les negaron las medidas de reparación integral y el pago de daño moral.

Inconforme con la resolución, ambas partes promovieron juicios de amparo directo que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo y turnó para su resolución al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Por lo que, plantea condenar a ambas empresas, no sólo al pago de una indemnización por daño moral, sino también al pago de daños punitivos, ya que, señala, la conducta discriminatoria perpetúa estereotipos y estigmas en contra de las personas LGBTIQ+, además de ser sancionada debe ser desincentivada.