Este martes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para 2022.
El documento señala que ningún servidor público podrá recibir una remuneración por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos.
Además, ningún servidor público podrá recibir una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función.
El Manual establece que se podrá otorgar un pago por concepto de prima personal de riesgo al personal militar de mando, en términos de lo establecido en el Presupuesto de Egresos y en las disposiciones específicas que emita la Secretaría y la Función Pública.
También se podrá otorgar al personal en activo de carrera y asignado a la Guardia Nacional un apoyo económico mensual bruto por concepto de pago del arrendamiento de vivienda de uso habitacional cuando, en el cumplimiento de funciones oficiales reglamentadas y autorizadas, deba permanecer temporalmente en un área geográfica distinta de la que es originario o resida habitualmente.
Entre las prestaciones destaca una prima quinquenal, que se otorgará en razón de la antigüedad, por cada cinco años de servicios efectivamente prestados hasta llegar a 25 años.
Esta prima es de 160 pesos mensuales, para los empleados con una antigüedad de cinco a menos de 10 años; de 185 pesos, desde 10 y hasta menos de 15 años; de 235 pesos, de 15 a menos de 20 años; de 260 pesos, desde 20 hasta menos de 25 años; y de 285 pesos mensuales, de 25 años en adelante.
La prima vacacional, que equivale al 50% de 10 días de sueldo base tabular, se otorgará a los servidores públicos por cada uno de los dos periodos vacacionales a que tengan derecho a disfrutar cada año.
Los servidores públicos con más de seis meses consecutivos de servicio tendrán derecho a disfrutar de dos periodos de 10 días hábiles de vacaciones por año, con base en la propuesta de cada servidor público a su superior jerárquico.
También tienen derecho a un aguinaldo anual, que recibirán los servidores públicos por un monto equivalente a 40 días de salario cuando menos, que deberá cubrirse en un 50% antes del 15 de diciembre y el 50% restante a más tardar el 15 de enero.












