El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la legalidad del acuerdo del INE relativo al monitoreo y análisis del contenido de transmisiones de radio y TV para 2018, durante las precampañas y campañas electorales.
Por unanimidad, la Sala Superior confirmó el acuerdo INE/CG507/2017 con respecto a la metodología y la propuesta de requerimientos técnicos que deberá atender el instituto y la institución de educación superior que llevará a cabo dicho monitoreo.
Morena interpuso un recurso de apelación el 3 de noviembre pasado, mismo que quedó registrado en el expediente SUP-RAP-722/2017, donde argumenta tres razones para demostrar que, según el partido, el acuerdo impugnado se apartaba del orden jurídico por incompleto y parcial.
En primer término, Morena alegó que el INE declinó su facultad legal de realizar el monitoreo, lo que va en detrimento de los derechos sustanciales de la ciudadanía y las audiencias, así como de los principios de objetividad, legalidad, certeza, imparcialidad e independencia.
Dicho argumento no fue compartido por la Sala Superior, pues consideró que, conforme a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, el INE cuenta con la facultad de ordenar la realización del monitoreo.
En la sentencia se precisa que, en procesos electorales federales anteriores, el INE ha dispuesto de la participación de instituciones de educación superior, con el propósito de garantizar un análisis imparcial y profesional de las piezas noticiosas.
En este sentido, para los magistrados del TEPJF, el INE es el responsable de llevar dicho monitoreo y sólo se auxiliará de alguna institución educativa superior.
Para que la ciudadanía conozca el tratamiento que brindan los noticiarios en radio y televisión a la información de precampañas y campañas de las candidaturas a la Presidencia de la República, senadurías y diputaciones federales para el proceso electoral 2017-2018.












