Reabrirán juicio contra magistrados omisos

Un juez federal ordenó al Congreso de Veracruz reabrir una solicitud de juicio político en contra de magistrados de conciliación y arbitraje que fueron omisos en resolver laudos de trabajadores de municipios y del Estado.

El juez Segundo de Distrito en el estado de Veracruz, Alejandro Quijano Álvarez, dio marcha atrás a la decisión de diputados locales de archivar una solicitud de juicio político en contra de magistrados del Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TECA) por la omisión en sus funciones.

La solicitud se deriva del incumplimiento de la sentencia de laudo laboral a favor de 10 trabajadores del Ayuntamiento de San Rafael, quienes durante cinco largos años han emprendido juicios para ser reinstalados, el pago de salarios caídos y prestaciones.

El 11 de septiembre de 2017 las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación y Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Veracruz, desecharon la solicitud de juicio político y declaración de procedencia, presentada por el apoderado legal de los extrabajadores.

Petición

El juez Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz consideró infundada la causa de improcedencia invocada por la autoridad responsable –los diputados locales- para “sobreseer” la petición del ciudadano.

Además se determinó que soslayó las tres fases del juicio político: la verificación de los requisitos; la acusación a cargo de la Comisión Permanente Instructora, y la sentencia por conducto del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz.

Los magistrados del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz, Fernando Arturo Charleston Salinas, Concepción Flores Saviaga y Andrés Salomón Rodríguez, son acusados de ser omisos en dictar las medidas pertinentes para hacer cumplir el laudo que ganaron los trabajadores municipales despedidos de manera injustificada.

Ahora el Congreso del Estado de Veracruz deberá volver a analizar la solicitud de Juicio Político en contra de los magistrados del TECA por la violación a la “tutela judicial efectiva”.