Esta semana, la Suprema Corte de Justicia abrió el proceso para autorizar en todo el país la adopción por parte de parejas del mismo género, esto después de declarar inconstitucional un artículo de una ley del estado de Campeche, que lo prohibía. En este marco, el pasado junio declaró inconstitucional que se limite el matrimonio entre este mismo tipo de persona. De esta manera, los jueces pueden conceder un recurso de amparo a las parejas homosexuales que deseen casarse, lo que en los hechos legaliza el matrimonio igualitario.
Por nueve votos a favor y uno en contra, el pleno del máximo Tribunal del país determinó declarar inválido ese artículo al considerar que resulta violatorio de dos artículos constitucionales y discriminatorio por cuestiones de orientación sexual. Con sólo un voto en contra, el de Eduardo Medina Mora, declaró inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de ese estado, por negar el derecho a parejas del mismo sexo o a individuos a hacer adopciones, compartir o encomendar la patria potestad de los hijos menores del otro.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 8/2014 la Suprema Corte detalló que el objeto de esa ley es establecer las bases y regular las relaciones derivadas de las sociedades civiles de convivencia en ese estado. Ese artículo impugnado, en vigor desde diciembre de 2013, autoriza a las parejas del mismo sexo unirse mediante un vínculo legal, pero prohibía la adopción.
Según la sentencia, dicha normativa “transgrede de manera injustificada el ejercicio de fundar una familia”, ya que “la idoneidad de los compañeros civiles para adoptar debe ser definida por el propio procedimiento de adopción, el cual no puede excluir de manera absoluta y sin justificación a ninguna persona o grupo familiar”.
Sin embargo, se afirma que el fallo de la Suprema no sienta jurisprudencia para todo el país ya que, de acuerdo con la misma instancia, se requieren cinco sentencias similares, aunque en principio ya estableció un precedente.
Fue Ciudad de México la primera jurisdicción en América Latina que legalizó las uniones de personas del mismo sexo, tras aprobar en 2007 la llamada “sociedad de convivencia” y en 2010 el matrimonio con derecho a adoptar.
En este marco, ha habido opiniones previas a las legislaciones y fallos del Tribunal, en todos los sentidos, a favor y en contra.
En un tono moderado, frente a la dimensión del tema, la Iglesia Católica mexicana ha manifestado su oposición al matrimonio entre personas del mismo sexo “porque no quiere que sufran los daños que este tipo de unión suele provocar”, dio a conocer en su momento el semanario Desde la Fe, publicación que edita la Arquidiócesis de México cada semana. “Como Madre, la Iglesia se preocupa por todos sus hijos; quiere que estén lo mejor posible, y si percibe que corren algún riesgo, se los advierte”, apuntó ese texto.
En un tono más fuerte, la Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas criticó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la que avaló el derecho de la sociedades de convivencia a adoptar. Anunció en ese marco que recabará firmas en todo el país para que se haga respetar lo que considera el derecho del niño a tener una familia con los pilares que acepta toda convención.
Fuera de controversia, debe reconocerse valor en la determinación de la Suprema Corte, pues fuera de convención, en atención a la legislación, se ha pronunciado en un camino que implica un cambio sustancial en la sociedad.












