Un Tribunal Colegiado declaró infundada la queja de la expresidenta del Tribunal Superior de Justicia de Guerrero, Lambertina Galeana Marín, presa por el caso Ayotzinapa, contra la resolución de una jueza de amparo que le negó la suspensión provisional para efecto de que se revisara la prisión preventiva oficiosa que se le impuso por el delito de desaparición forzada de personas.
Por unanimidad, los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito compartieron parcialmente la determinación de Marina Vieyra Valdés, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, quien rechazó conceder la medida cautelar solicita por Galeana Marín contra la resolución de la jueza Segundo de Distrito, Raquel Ivette Duarte Cedillo, quien negó abrir el incidente de revisión de la prisión preventiva.
En su sentencia, el tribunal revisor afirmó que es procedente negar la suspensión provisional a la magistrada en retiro, recluida en el penal federal número 16, en Coatlán del Río, Morelos, toda vez que no se le brindaría un beneficio provisional, sino uno definitivo que dejaría sin materia el juicio de amparo, pues las consecuencias buscadas no podrían ser revocadas.
En consecuencia, al no haber diligencia pendiente por realizar, el recurso de queja quedó concluido.
La Fiscalía General de la República (FGR) acusa a la expresidenta del Tribunal Superior de Justicia de Guerrero, Lambertina Galeana Marín, de ordenar la destrucción de grabaciones de las cámaras del Palacio de Justicia de Iguala, Guerrero, donde se registraron hechos relacionados con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.