El Senado de la República recibió este viernes las observaciones del Ejecutivo federal a los incisos B y C del Artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En dichos apartados se propone excluir de la obligación de presentar declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses a personas físicas, morales, becarios y beneficiarios de programas sociales se relacionen económicamente con el Estado.
La Cámara alta informó de la recepción del documento del presidente Enrique Peña Nieto en el que argumenta: “El ejecutivo federal a mi cargo considera que la obligación establecida para que los particulares presenten declaraciones de situación patrimonial y conflicto de interés, constituye una intromisión indebida en la esfera jurídica de las personas físicas y morales”.
Asimismo, en la observaciones se expone textualmente que: “la obligación de presentar declaraciones de situación patrimonial y de intereses genéricas, afecta la vida privada de las personas y, con ello, se ponen en peligro otros derechos como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal”.
Con ello, el presidente de la República pone a consideración del Senado la eliminación de las personas físicas o morales como sujetos inexcusables y sólo mantiene la obligación para los servidores públicos.
Es decir, se exenta a los empresarios a que por ley presenten sus declaraciones patrimonial y de conflicto de interés, cuando firmen contratos de obras y servicios o reciban dinero público, al argumentar que la obligación de presentar estas pone en peligro otros derechos, como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal.
Ello como parte de las observaciones que envió, para que se corrijan los incisos “B” y “C” y otros 15 artículos de la Ley, mejor conocida también como Ley 3de3.
El ejecutivo federal, en el texto de 29 cuartillas, propone al Senado una nueva redacción para el artículo 32.
Es decir se suprime el párrafo que refería que los particulares deberán presentar las declaraciones a las que se refiere el primer párrafo del artículo 32, ante el órgano interno de control del ente público que le haya asignado los recursos o con el que haya contratado.
Asimismo, se suprimen los incisos “B” y “C” que obligaban a que cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos de la Federación, de las entidades federativas y los municipios a presentar estas declaraciones; lo mismo para las personas físicas que presten sus servicios.
Como consecuencia de ello, se eliminan otros 15 artículos de la ley.











