Reconocimiento de víctimas se perfila

"México * El Universal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación se perfila para reconocer que las víctimas y ofendidos por un delito pueden interponer un amparo, y declarar procedente la demanda de familiares de Bonfilio Rubio, asesinado en 2009 por militares, para que el juicio se lleve ante un tribunal civil.

Siete ministros se han pronunciado por admitir el caso, ya sea estrictamente para definir qué juez es competente, o para reconocer que en los casos donde la víctima fue privada de la vida, sus familiares, como ofendidos por el delito, están legitimados para intervenir en el juicio e interponer los recursos pertinentes.

La ministra Olga Sánchez Cordero, autora del proyecto, hizo una detallada exposición sobre los derechos de las víctimas, incluidos en el artículo 20 constitucional a partir de la reforma de 2008, así como de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a México en cuatro casos por no dar acceso a la justicia a las víctimas del delito.

El ministro Luis María Aguilar afirmó que la exposición de motivos de la reforma constitucional de 2008 se desprende la intención del legislador de adoptar un sistema de justicia penal de corte garantista, con pleno respeto a los derechos humanos acceso a la justicia de las víctimas y ofendidos.

""Nuestra Constitución contiene ya las disposiciones protectoras y garantistas en favor de las víctimas y ofendidos"", dijo al pronunciarse por reconocer la legitimación de los familiares en este caso.

Sin embargo, ante la diferencia de criterios en el pleno sobre este punto, propuso no hacer un pronunciamiento general, sino ceñido a este caso, con base en una interpretación de los artículos que regulan el juicio de amparo y el artículo primero constitucional.

""Tenemos vigente la regulación de un juicio que es el juicio de amparo regulado por 103 y 107 constitucionales, como un medio de participación judicial de las víctimas mientras no existan las disposiciones secundarias y que, en una amplia interpretación del artículo primero, legitima perfectamente la interposición de este medio"", expuso.

El ministro Jorge Mario Pardo destacó que uno de los familiares de Bonfilio Rubio fue reconocido como coadyuvante en la investigación de su homicidio, y realizó promociones para evitar que la indagatoria fuera consignada ante la justicia militar, lo que finalmente hizo el ministerio público del fuero común.

Con esos antecedentes, y debido a que está en juego un presupuesto esencial del proceso, que es la competencia, se pronunció también por reconocer la legitimación de los demandantes en el caso, pues de lo contrario se podrían hacer nugatorios los derechos de las víctimas reconocidos en el artículo 20 constitucional.

""En el presente caso, lo que se está haciendo valer en el juicio de amparo tiene un presupuesto procesal esencial, el de que el juicio se siga ante un juez competente... es procedente reconocer la legitimación de las víctimas u ofendidos o, en el caso, de sus familiares, debido a que la víctima perdió la vida"", manifestó.

El ministro Arturo Zaldívar sostuvo que la Corte está obligada a reconocer la legitimación en el amparo a los familiares de Bonfilio Rubio, por existir condenas expresas al estado mexicano de la Corte Interamericana al menos en cuatro asuntos, y porque además también la Primera Sala de la Corte ha emitido criterios sobre este tema.

""Ya habíamos establecido que las víctimas son partes en el proceso, que pueden promover apelación. Que pueden acudir al amparo y que tienen legitimación, y así se hizo en un asunto derivado del caso Radilla, donde la primera Sala aceptó la legitimación de un familiar"", recordó.

""Un delito cometido por el Estado, por las fuerzas de seguridad, por las fuerzas armadas, en que se violan los derechos humanos de un civil y que, además, como falleció, es imposible que pueda él acudir a defender sus derechos. Tampoco se puede decir que en cualquier delito de cualquier índole pudiéramos hacer una manifestación general"", expuso.

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