La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 253 votos a favor, 67 en contra y dos abstenciones, el dictamen que reforma el Código de Justicia Militar a fin de adecuarlo al Sistema Penal Acusatorio y por el que se expide un nuevo Código Militar de Procedimientos Penales.
Con los cambios al Código de Justicia Militar se suprimen los Consejos de Guerra y se crean los juzgados militares de control y tribunales militares de juicio oral.
Entre las funciones de los jueces de control está garantizar los derechos humanos de las víctimas.
Asimismo, la Procuraduría General de Justicia Militar se transforma en Fiscalía General de Justicia Militar y encabezará la institución del Ministerio Público, responsable de la investigación y persecución de los probables hechos constitutivos de delito, en cuanto a la competencia de los tribunales militares.
Con la extinción de la Procuraduría General de Justicia Militar, se suprime la función de ejercer como consejero jurídico de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Se transforma el Cuerpo de Defensores de Oficio en Defensoría de Oficio Militar, para garantizar la obligación del Estado de proporcionar una defensa técnica de calidad a los imputados por delitos de la competencia del fuero militar.
Con la reforma, se armoniza la redacción y se precisan las funciones de los operadores del sistema con el Código Militar de Procedimientos Penales en la figura del juez de control.
Por lo que respecta al nuevo Código Militar de Procedimientos Penales, se fijan las normas para la investigación, procesamiento y sanción de los delitos en un marco de respeto a los derechos humanos.
Se establece que el proceso penal, en la jurisdicción militar, será acusatorio y oral, en cuyos trabajos se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, es decir, bajo los mismos principios que la reforma constitucional de 2008.
Garantiza que las partes reciban el mismo trato, con las mismas oportunidades para sostener la acusación o la defensa, y un principio preponderante es que todo militar se presume inocente, y será tratado como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad.











