Regulan Suspensión de Garantías ante amenazas

El pleno del Senado de la República aprobó el dictamen que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Suspensión de Garantías, ello ante amenazas excepcionales, invasión o perturbación grave de la paz pública.

En el marco de la sesión ordinaria en el Senado se aprobó con 88 a favor y siete en contra la ley que regula el procedimiento para decretar la restricción o suspensión de derechos y garantías, la concesión de autorizaciones para que el Ejecutivo haga frente a la situación y ejercicio de facultades de las autoridades en todo el país o en lugar determinado.

Ello con motivo de una amenaza excepcional, invasión, perturbación grave a la paz pública u otro, que ponga a la sociedad en grave peligro de conflicto a efecto de hacer frente a la situación de emergencia.

La nueva ley, que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis, determina que durante la restricción o suspensión deberán observarse los principios: por persona, no discriminación por ninguna condición, legalidad, irretroactividad de leyes y debido proceso.

Se precisa que no podrán restringir, ni suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad y los derechos de la niñez.