La resolución de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que reconoce la violación a los derechos humanos de la periodista Lydia Cacho es un precedente para establecer criterios que eviten la penalización de periodistas, indicó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
El organismo recordó que en su momento emitió la recomendación 16/2009 a los entonces gobernadores de Puebla y Quintana Roo, al advertir una serie de violaciones a los derechos humanos de la periodista, quienes tuvieron un insatisfactorio cumplimiento en su atención.
“La CNDH se ha pronunciado en distintos momentos por la despenalización de los delitos contra el honor, (difamación, calumnias e injurias), o aquellos que puedan ser utilizados en contra de quien ejerce la libertad de expresión”, manifestó.
En Campeche, Colima, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora, Yucatán y Zacatecas aún existen tipos penales que pueden ser utilizados en contra de periodistas o defensores de derechos humanos que, en ejercicio de su libertad de expresión, señalan la mala actuación de servidores públicos o particulares.
“La acción decidida de organizaciones de la sociedad civil que realizan litigio estratégico ante los organismos y tribunales internacionales, así como las resoluciones que determinan la responsabilidad del Estado por parte de estos últimos, deben constituir parte de la normalidad democrática de México y ser vistas como herramientas para evitar la repetición de las violaciones a derechos humanos como las aquí descritas”, subrayó.
El pasado 31 de julio el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas emitió una resolución en la que determinó que el Estado mexicano vulneró los derechos de la periodista Lydia Cacho Ribeiro.











