Salud

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De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el acceso a los servicios en esta metaria es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa el cumplimiento del Pacto Internacional en estos temas, adoptó en 2000 una Observación general sobre el derecho a la salud.

En dicha Observación general se afirma que esto no sólo alude a la atención oportuna, aceptable y de calidad satisfactoria, sino también a factores determinantes de la salud, como el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, suministro adecuado de alimentos sanos, nutrición, vivienda digna, condiciones sanas en el trabajo y medio ambiente, y acceso a la educación e información.

Sin embargo, inconvenientes derivados de la ausencia de este bien suelen afectar en una proporción más alta a los grupos vulnerables y marginados. Hay que hacer notar que ha habido problemas en la atención, pero también preocupación y acción consecuente por alcanzar mayor eficiencia y sensibilidad en el sector.

Por su parte, la sociedad interesada en el bienestar del paciente se ha organizado con el fin de que esto sea una realidad. Un caso es el de la Red de Acceso, que realiza jornadas informativas con enfermos en general y familiares para que conozcan sus derechos y los exijan en las instituciones de salud, pero también que se informen de sus obligaciones como pacientes.

Este grupo de ciudadanos promueve el derecho humano a la salud. Fue fundado por diversas asociaciones que colaboran en programas de prevención y tratamiento de enfermedades crónico-degenerativas. Ellos mismos dicen que su objetivo es incidir en las políticas públicas.

El organismo sostiene que tal vez un cinco por ciento de los enfermos que se atienden en instituciones de salud pública se ha informado de su enfermedad; el porcentaje restante no sabe ni qué tratamiento recibe, ni conoce y tampoco exige sus derechos.

La Red de Acceso, que aglutina a la “Asociación Respirando con Valor”, considera que estar informado, conocer la enfermedad y los tratamientos para atenderla, es valioso para hacer valer los derechos de los pacientes.

De acuerdo con la ley, todos los pacientes tienen derecho a recibir servicios integrales, acceso igualitario de atención, trato digno, respetuoso y atención de calidad; medicamentos e información suficiente, clara, oportuna y veraz; a contar con un expediente clínico, decidir libremente sobre la atención, otorgar o no el consentimiento para una intervención quirúrgica o tratamiento, confidencialidad y a una segunda opinión.

Por otra parte, son obligaciones de los pacientes: proporcionar información precisa y completa sobre su enfermedad, a su entender; informar sobre cualquier cambio en su condición de enfermo, ofrecer trato digno y respetuoso a los servidores de la salud como son médicos, enfermeras y administrativos, responsables de seguir el plan de tratamiento, cumplir con la cita y avisar si no se va a acudir para reprogramarlas y tener copia del expediente.

Para cuando haya un conflicto entre el paciente y el médico, existe una instancia para dirimir, la cual cuenta con la capacidad para eso. Por lo anterior, resulta de mucho valor no interferir ni tratar de influir en esas competencias.