La Comisio´n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) saluda la resolucio´n de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacio´n, en la cual se determino´ el respeto a la libertad de expresio´n que los periodistas ejercieron mediante comentarios efectuados de forma previa y posterior a la transmisio´n de la pauta ordenada por el Instituto Nacional Electoral, en la cobertura informativa de la reciente visita oficial del Jefe de Estado Vaticano.
Este Organismo Nacional hizo llegar sus puntos de vista a trave´s de la figura del Amicus Curiae (amigo del Tribunal), con pleno respeto a las atribuciones y competencia de la Sala Regional Especializada y del INE, buscando aportar la experiencia que esta Comisio´n Nacional ha construido en materia de libertad de expresio´n, en cuanto derecho humano que es, sin importar el a´mbito en el que pueda aplicarse.
En opinio´n de esta Comisio´n Nacional, las expresiones utilizadas por los periodistas no se ubicaban en ninguno de los supuestos establecidos constitucional y convencionalmente para limitar su libertad de expresio´n.
El ejercicio de la libertad de expresio´n vertido en los comentarios fue producto de la labor de personas que se dedican profesionalmente a informar, a construir una sociedad informada y a generar opinio´n pu´blica; por tanto, el esta´ndar de proteccio´n del derecho que se tiene al ejercer la libertad de expresio´n es ma´s elevado cuando se trata de periodistas, ya que asi´ es como se recogen las ma´s diversas informaciones y opiniones, haciendo de los medios de comunicacio´n instrumentos de la libertad de expresio´n y no vehi´culos para restringirla.
Cuando alguna autoridad analiza las expresiones vertidas por los periodistas en el ejercicio de su profesio´n, no debe pasar por alto que se encuentra frente al ejercicio de un derecho fundamental doblemente resguardado, pues a la libertad de expresio´n de una persona en lo individual se suma el ejercicio por parte de profesionales de la informacio´n.











