Sistema de Justicia Penal, emblema de un país comprometido: EPN

Sistema de Justicia Penal, emblema de un país comprometido: EPN

El gobierno de la República tiene la determinación de ajustar y cambiar lo que se necesite para que la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal responda a las exigencias de la sociedad, sostuvo el presidente Enrique Peña Nieto.

En la ceremonia que marcó la entrada en vigor de dicho sistema en el país, al que calificó como la mayor transformación institucional en los últimos 100 años, el mandatario destacó que todos los sectores de la sociedad son corresponsables de su éxito, por lo que llamó a hacer del nuevo sistema el emblema de un país comprometido con la legalidad.

Agradeció a quienes participaron y guiaron sus esfuerzos para cumplir con el plazo establecido con la reforma constitucional y llamó a los Poderes de la Unión, así como a todos los niveles de gobierno, a mantener la causa de la justicia penal como una prioridad nacional.

Ahora un caso bajo el Nuevo Sistema de Justicia Penal puede empezar de dos formas: con la presentación de la denuncia o querella, o con detención del imputado en flagrancia, es decir cuando se está cometiendo el delito.

El caso termina hasta la audiencia de explicación de sentencia, donde el juez determina si el imputado es inocente o responsable de haber cometido el delito. Aquí es importante señalar que en el nuevo modelo se le nombra imputado a la persona que en un proceso penal es señalada como probable de haber cometido un delito.

Dentro del proceso penal del Nuevo Sistema de Justicia Penal existen tres etapas y cada una es supervisada por un juez distinto: Investigación, Etapa Intermedia y el Juicio Oral.

En la Investigación, el Ministerio Público (MP) y la Policía podrán determinar la probable existencia de un delito y buscarán a la persona que lo cometió. Una vez que el MP cuente con pruebas de que una persona pudo haber cometido un delito o participado en él, debe acudir con el Juez y acusarlo formalmente (formularle una imputación) en una audiencia pública. Por eso a esa persona, a partir de ese momento, se le llama imputado.

En esta misma etapa de averiguación existe el juez de Control, quien está encargado de revisar que la investigación arroje los datos que indiquen la probable participación de la persona imputada en el delito que se está indagando. Si es así, autorizará al Ministerio Público a llevar a esa persona a juicio, para acusarle formalmente.

En tanto se realice el juicio, el juez de Control puede imponer medidas cautelares al imputado para evitar que se fugue, obstaculice la investigación o dañe a la víctima. Dichas medidas pueden ser: asignarle una fianza, prohibirle acercarse a la víctima o testigos, o salir de la ciudad donde se llevará a cabo el juicio, entre otras.

En la Etapa Intermedia, si el MP considera que tiene suficientes pruebas como para suponer que el imputado es culpable, presentará su acusación ante el juez. En ésta debe agregar la lista de testigos y peritos o expertos que desea que declaren en el juicio para comprobar la culpabilidad del imputado.

Aquí se desarrolla un debate ante el juez de Control, en el que el imputado y la víctima, a través de sus abogados o por ellos mismos, proponen las pruebas que presentarán en el juicio. En ese momento, el juez de Control debe decidir cuáles se admitirán.

En el caso de delitos menores, se pueden aplicar salidas alternas que permitan encontrar una solución al conflicto sin llegar a juicio, y que ayudarán a terminar el proceso en menor tiempo. Además sirven para que el imputado acepte su culpa y repare el daño ocasionado a la víctima. De no ser efectiva una salida alterna o si la víctima no quiere mediar, se continuará con la siguiente fase; es decir, el juicio oral.

Esta tercera etapa es una audiencia pública en la que el MP (acusador) y la defensa (acusado) debaten sus posturas. La controversia es presidida por un Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por uno o tres jueces, según lo determine cada entidad federativa del país.

El juez de juicio oral debe escuchar a las partes y valorar las pruebas que se desahogaron en los interrogatorios. Después, dictará la sentencia que determine la culpabilidad o inocencia del imputado, la cual tiene que ser leída y explicada de una manera clara y precisa para el acusado y la víctima.

NSJP recuperará confianza

Tras hacer un llamado a no echar las campanas al vuelo con la entrada en vigor del Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal, ministro Luis María Aguilar Morales, subrayó que el Estado mexicano no debe olvidar que este cambio lo que ha hecho es detener la inercia histórica de una forma ya rebasada de procurar e impartir justicia en el país.

Ahora comienza el reto de hacerlo realidad, cueste lo que cueste, le pese a quien sea, una nueva, libre, transparente y mejor forma de impartir la justicia penal, frente a la gente, con razones y argumentos, con principios protectores, sin ocultamientos ni zonas oscuras, afirmó.

El ministro presidente destacó que el NSJP es la respuesta a desafíos y demandas sociales que siguen estando ahí y que demandan cambios indispensables e impostergables.

Subrayó que debemos tener presente que una sociedad que no cambia, muere, la esencia de la sociedad es el movimiento y ello implica el cambio.