México, D.F. * Notimex. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los jueces pueden sustituir el pago de multas por jornadas de trabajo comunitario, en caso de que el sentenciado no tenga los recursos para cubrir esta sanción económica.
En sesión los ministros determinaron que esta sustitución de la pena puede decretarla el Juez de manera parcial o total, con independencia de que el Agente del Ministerio Público solicite o no el reemplazo de la sanción.
Al resolver una divergencia en los criterios que sostenían dos tribunales colegiados, la Primera Sala del máximo tribunal del país, recalcó que el Juez es el único facultado para imponer penas, pues goza de independencia constitucional para individualizar y calificar la gravedad de los delitos.
Las jornadas de trabajo pueden aplicarse como una pena o también como un sustituto de la prisión o multa.











