TEPJF rechaza demandas del CJF
El TEPJF subraya que las sentencias dictadas por esta Sala Superior no son susceptibles de ser impugnadas mediante juicio. Cortesía

La Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que no es procedente dar trámite a las demandas presentadas por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), entre otros, que buscaban frenar los acuerdos del INE para iniciar con el proceso electoral del Poder Judicial.

Lo anterior, derivado de las impugnaciones presentadas por el director general de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, A.C., diversas personas juzgadoras y funcionarias de juzgados, contra los acuerdos del Consejo General del INE sobre el inicio del proceso electoral.

Expone que el titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal realizó una serie de manifestaciones encaminadas a desvirtuar un acuerdo previo de la Sala Superior en el que determinó que estos asuntos no eran procedentes.

El CJF planteó que la determinación del TEPJF no es correcta, ya que el Consejo de la Judicatura Federal actúa en representación del Poder Judicial Federal, así como en ejercicio de acciones tuitivas en representación de magistradas y magistrados de Circuito y juezas y jueces de Distrito que se encuentran en funciones al cierre de la convocatoria que emita el Senado, así como para ser incorporados a los listados para participar en la elección extraordinaria del 2025; por lo tanto, aduce que tiene legitimación e interés para promover una impugnación.

En respuesta, el Tribunal Electoral subraya que “las sentencias dictadas por esta Sala Superior no son susceptibles de ser impugnadas mediante juicio, recurso o algún medio de impugnación, al no existir la posibilidad jurídica ni material para que esta autoridad jurisdiccional pueda confirmar, modificar o revocar sus propias resoluciones”.