El Tribunal Electoral dio un revés a las medidas cautelares del INE, por las que ordenó que los eventos de Claudia Sheinbaum fueran en lugares cerrados y únicamente dirigidos a militantes.
En una sesión no presencial, la Sala Superior del TEPJF revocó estas medidas cautelares; con los votos en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine Otálora.
La resolución establece que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE no aportó elementos suficientes para comprobar que los mensajes de Claudia Sheinbaum trascendieron a la ciudadanía.
“Contrario a lo referido por la autoridad responsable, no se desprenden elementos indiciarios suficientes que lleven a concluir que el evento se llevó a cabo en espacios abiertos a la ciudadanía en general”, expone.
Señala que la comisión incurrió en una generalización indebida, al aprobar la medida cautelar únicamente analizando dos de los 13 eventos denunciados (Guerrero e Hidalgo) y no de su totalidad, lo que pone en evidencia su falta de exhaustividad en la toma de la decisión cuestionada.