El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación expuso que corresponde a los partidos políticos hacer posible el acceso de los ciudadanos al poder público, así como promover la democracia participativa indígena en los procesos electorales y garantizar que sean incluidos en las fórmulas de candidatos a los cargos de elección popular. Indicó que el Estado debe adoptar políticas públicas y acciones de gobierno para promover el reconocimiento, goce, ejercicio y protección de sus derechos.
Al dar a conocer la tesis «Democracia participativa indígena. Es obligación del Estado y de los partidos políticos promoverla», que parece inscribirese en el marco del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, se refirió a la situación particular en que tradicionalmente se sitúan estas poblaciones frente a los procesos electorales de carácter constitucional, con la participación predominante de los partidos políticos, en los cuales las mayorías ordinariamente designan las fórmulas de candidaturas para los diversos cargos de elección popular.
Sobre este tema podría ser válido retomar el asunto de la representación. Para una mayor participación electoral de los pueblos indígenas en un estado como Chiapas, en el que casi cada cien años ha habido un evento marcado por la inconformidad, es trascendente que en el ámbito nacional haya habido un proyecto que destacaba la existencia de 28 distritos electorales con población mayoritariamente original.
Con una tercera parte de su población de origen indígena, el estado vería sin duda con interés el resultado de ese trabajo que contemplaba, una vez concluido, su traducción a las lenguas indígenas para facilitar la difusión en las comunidades de población monolingüe, ya que la ley actual no prevé ese tema.
Las cuotas de participación, ante las demandas que se han manifestado, serían doblemente positivas no porque actualmente estos espacios se nieguen a los indígenas, sino porque garantizarían y afianzarían su integración.
Solo después de Oaxaca y Yucatán, Chiapas tiene un 27 por ciento de población hablante de alguna lengua indígena, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la cual en los últimos 20 años aumentó más del triple.
De los 300 Distritos Electorales Federales que hay en el país, en 30 de ellos al menos el 40 por ciento de su población es indígena. En los 28 distritos indígenas rurales, entre cuatro y hasta ocho de cada 10 habitantes hablan una lengua originaria, condición que los distingue. Un estudio elaborado por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Organización de las Naciones Unidas indica que en esos lugares la abstención electoral es más alta.
Como se sabe, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobo´ el 11 de febrero de 2004 la redistritacio´n para las dos elecciones que estaban pro´ximas: la del 2 de julio de 2006 y las del 2 de julio de 2009. En esta redistritacio´n se establece que de 300 distritos uninominales, 28 tienen 40 por ciento o ma´s de poblacio´n indi´gena, con el objetivo de facilitar la representación democrática de esas comunidades.
Sin embargo, el número de representantes que llegó a la Cámara de Diputados resultó insuficiente para poner los temas de las comunidades en la agenda.












