Válido paro de labores del PJ

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este martes que el paro de los trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF) contra la reforma judicial, realizado el año pasado, fue válido y no afectó la impartición de justicia durante su vigencia.

Con el voto en contra de las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Lenia Batres Guadarrama, una mayoría de siete ministros avaló la circular 17/2024 del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), mediante la cual se suspendieron las actividades laborales en todos los órganos jurisdiccionales el país, derivado de la reforma judicial impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y el partido Morena.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien propuso al pleno declarar la validez de la suspensión de labores, de no haberse emitido pronunciamiento alguno, como la circular 17/2024, se hubiera perjudicado el funcionamiento jurisdiccional y dejado en estado de incertidumbre a los justiciables al no haberse suspendido los plazos legales.

No obstante, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra de la validez de la circular 17/2024, ya que, en su opinión, quedó sin materia al haberse reanudado las actividades en el Poder Judicial de la Federación.

De igual forma, la ministra Loretta Ortiz Ahlf se manifestó en contra de validar el paro, al considerar que se ha quedado sin materia.

En tanto, la ministra Lenia Batres Guadarrama afirmó que el Consejo de la Judicatura Federal debió garantizar la continuidad en la operación de los tribunales federales del país y avalar la suspensión de actividades.

Asimismo, el pleno de la Corte declaró improcedente pronunciarse sobre la declaratoria formal de suspensión de actividades emitida en agosto de 2024 por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (Jufed), como lo solicitó la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

“Yo estoy de acuerdo con este apartado, porque la Jufed no es parte integrante del Poder Judicial de la Federación, y por lo tanto sus determinaciones no pueden dar lugar al tipo de controversias a que se refiere el artículo 11, fracción 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”, dijo la presidenta Norma Piña Hernández.