En abril pasado el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas hizo un llamado a la ciudadanía en general y a las organizaciones de la sociedad para participar como observador electoral en este proceso que tendrá el 19 de julio uno de sus momentos culminantes, cuando los chiapanecos elijan a presidentes municipales y diputados locales. La invitación recibió respuesta de 245 ciudadanos que expresaron su deseo de ser testigos de la jornada estatal.
Con anterioridad se ha reflexionado sobre el sano interés en las elecciones que lleva a muchas personas a inscribirse para realizar voluntariamente labores de escrutinio. Como se recordará, en elecciones federales pasadas participaron más de 30 mil personas, y más de 8 mil en los estados, a los que se sumaron otras centenas de los organismos internacionales como el Programa de Desarrollo de la Organización de las Naciones Unidas.
En muchas sociedades y gobiernos del mundo crece el interés en los comicios de los demás países. Pero además, una veta adicional en este sentido ha sido el Fondo de Apoyo a la Observación Electoral que en la jornada pasada ha brindado asistencia a organizaciones de la sociedad civil, centros de investigación e instancias internacionales.
La tarea de esas personas parte de la idea de que la observación electoral no solo sirve para denunciar, sino que se cumple antes, durante y después de los comicios, porque también es útil para dar cuenta de lo que funciona bien en el proceso.
Así, la observación electoral es hoy fundamental en el ejercicio de la democracia que ayuda a fortalecer la legitimidad del proceso. Los observadores deben pasar por diversas etapas. Atestiguar las sesiones del Consejo General y de los Consejos Distritales, ver las precampañas y campañas electorales. Vigilar el procedimiento de registro de candidatos, la determinación del tipo, número y ubicación e integración de casillas, registro de representantes de los partidos. Durante la jornada electoral, hacen presencia en una o varias casillas, así como en el local de los Consejos Distritales. Son testigos de la instalación de las casillas, del desarrollo de la votación, escrutinio y cómputo, fijación de resultados en el exterior de las casillas, clausura de éstas, lectura de los resultados en los Consejos Distritales.
En lo particular o como agrupaciones de observadores deben presentar ante la instancia competente y frente a la opinión pública, su propia relatoría sobre el desarrollo del proceso, dentro de los 15 días siguientes de concluida la jornada electoral. Los informes, juicios, opiniones o conclusiones no tienen efectos jurídicos sobre el proceso electoral y sus resultados, pero cuentan como opinión y juicio.
Quienes se acrediten como observadores deben abstenerse de sustituir u obstaculizar a los mandos electorales en el ejercicio de sus funciones o interferir en el desarrollo de la jornada. No pueden realizar proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de partido, coalición o candidato alguno. Hacer cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos, coaliciones o candidatos, amerita sanción.
Tampoco tienen permiso de realizar encuestas de opinión en las etapas de preparación de la elección y de la jornada electoral, entre los electores que se presenten a emitir su voto. No tienen autorización y no pueden declarar el triunfo de partido político, coalición o candidato. Todas las funciones que tiene bajo su responsabilidad el observador, son imporantes y por eso mismo crece el interés en cada elección.












