"Alberto Chanona * CP. Las autoridades municipales no tienen facultades para fiscalizar el contenido publicitario de los medios de comunicación. Es el Séptimo Constitucional ""sobre de ello, nada"", expresó el licenciado Gabriel Soberano Velasco, miembro de la Barra Chiapaneca de Abogados AC.
El Artículo Séptimo -cita el abogado- dice: ""Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura ni exigir fianza a los autores o impresores ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública.""
En este sentido, dijo, los espacios en los que se publicitan agencias de edecanes, clínicas de masaje y cualquier otra actividad relacionada con la prostitución, no atacan la moral, ""porque no está diciendo que incurras o hagas uso de ese servicio. No te está incitando. Si quieres lo puedes leer, pero nadie te está obligando; si tu moral te dice que no, porque sabes que ahí está, ya no lo lees. No hay que confundir: el derecho es externo y la moral, interna"".
El dano moral debe acreditarse de forma muy precisa -indicó el miembro de la Barra Chiapaneca de Abogados-, y eso lo aclara el Código Civil, en su Capítulo V, que habla de las obligaciones que nacen de los actos ilícitos: ""El que obrando ilícitamente contra las buenas costumbres cause dano a otro, está obligado a repararlo, a menos que demuestre que el dano se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexculpable del otro.""
Es decir, expuso Soberano Velasco, la responsabilidad es de quien lee las páginas donde están dichos anuncios y de quienes hacen uso de los servicios que ahí se publicitan.
""Además dice 'el que obrando ilícitamente', y los medios están certificados y autorizados; no actúan ilícitamente. No está atacando a la sociedad el medio de comunicación.""
El abogado aclaró que el Ayuntamiento podría fiscalizar a los lugares que se dedican a giros sexuales; vigilarlos, porque van contra la salud. ""Pero de ahí a que pueda fiscalizar el contenido publicitario de los medios de comunicación, no. Muy claro lo dice el Séptimo Constitucional y de ahí no nos podemos salir.""
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