Constructoras y outsourcing, quienes más defraudan al fisco

De acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el 2018, el monto de defraudación fiscal por operaciones simuladas ascendió a dos mil millones de pesos a nivel nacional.

René Cruz Montalvo, contador público e investigador, comentó que no existen estadísticas sobre el número de empresas que incurren en la compra de facturas para simular operaciones debido a que el SAT los maneja como datos confidenciales por seguridad recaudatoria.

Solamente se sabe que sí es un número importante de empresas que incurren en este delito, en su mayoría pertenecientes al gremio de la construcción, así como las llamadas outsourcing.

Mencionó que el pasado 16 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación una modificación a la fracción tercera del artículo 113 del Código Fiscal de la Federación y se agregó el artículo 113 bis.

En el primero se establece una sanción de pena corporal de tres meses a seis años para aquellos que adquieran comprobantes fiscales, es decir las empresas que compran facturas.

En el artículo 113 bis se establece una sanción de tres a seis años de prisión al que expida o enajene comprobantes fiscales. Es decir, se impondrán sanciones tanto para quienes los adquieren como para aquellos que los venden.

Dijo que es la primera vez que en el código fiscal de la federación se habla de manera tan detallada de la adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas.

En algún momento, en el artículo 69 del código fiscal se menciona sobre las empresas que facturan operaciones simuladas; ahora se habla de la adquisición de estos comprobantes.

Aunque pareciera ser una medida bastante fuerte es inhibitoria, para que quienes estén metidos en este negocio tengan una sanción y sean castigados con cárcel.

Sin embargo, para que se pueda aplicar una sanción se tiene que vigilar el debido proceso del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, donde se establece la forma y el protocolo en cómo se debe notificar y determinar que efectivamente los contribuyentes están facturando operaciones simuladas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de este proceso tiene 50 días para dar una determinación: desde que localiza una empresa haciendo uso de facturas para operaciones simuladas hasta que lo publica en el Diario Oficial. Si no se realiza de esta forma, las sanciones no aplican.

La detección se realiza con base al nivel de ingresos en relación con el nivel de pago de impuestos, qué infraestructura física instalada tienen para ofrecer el servicio, si tienen trabajadores o no, y si tienen los equipos para prestar el servicio en cuanto a activos fijos.