No hay notificación ni aplazamiento: diputada

La diputada Romero Basurto dijo que se deben respetar los tiempos de las instituciones, por lo que estarán atentos al tema. Cortesía
La diputada Romero Basurto dijo que se deben respetar los tiempos de las instituciones, por lo que estarán atentos al tema. Cortesía

Por diversas observaciones a los artículos 29, 34 y 153, así como los transitorios quinto, décimo y décimo primero, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), determinó presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.

Al respecto, la diputada Ana Laura Romero Basurto, presidenta de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado de Chiapas, dijo que al igual que todos los ciudadanos, ya tienen conocimiento del tema de forma extraoficial, esto quiere decir que no han sido notificados ni aplazados para presentar sus argumentos ante la Suprema Corte (SCJN)

Por lo reciente de la sesión, “es entendible que el INAI apenas va a presentar la acción de inconstitucionalidad, y el único tribunal facultado para resolver estos recursos es la SCJN”.

“El instituto deberá presentar los documentos correspondientes y la Corte determinará si procede”, dijo.En caso de que ocurra, la SCJN enviará al Congreso del Estado todo el tema, para que presente también lo que en derecho corresponda, porque todos tienen derecho a ser oídos en un juicio.

“Todavía no estamos en esa etapa, extraoficialmente sabemos que el INAI presentará, lo que no quiere decir que la Corte ya haya resuelto”.

El Pleno del INAI aprobó dicha acción el pasado 27 de mayo, luego de recibir el análisis llevado a cabo por las áreas técnicas, determinando que dichos artículos pueden contravenir algunas disposiciones y principios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De acuerdo a las observaciones de los comisionados del INAI, los artículos observados prevén un procedimiento de designación de las y los comisionados del órgano garante de Chiapas distinto a lo establecido en la Constitución; definen causales adicionales a las constitucionales para removerlos.

Asimismo, establecen motivos de improcedencia para la atención de solicitudes que podrían ser limitativos o restrictivos del derecho de acceso a la información; y contempla la remoción anticipada de los comisionados actuales del instituto local.

Los comisionados consideraron que la legislación local tiene elementos suficientes para llevarla a examen constitucional ante la SCJN, para que la analice y determine si contiene vicios que puedan menoscabar los derechos de quienes ocupan actualmente el cargo de comisionados.

Mencionaron que el artículo 34 establece causales adicionales a las constitucionales para la remoción de los comisionados, incumpliendo con los principios de permanencia, inamovilidad e independencia determinados por la Constitución federal.

Importante recordar que el 15 de mayo pasado, el Pleno de la Sexagésima Séptima Legislatura local aprobó por unanimidad la propuesta de la Junta de Coordinación Política, de que corresponda a la Comisión de Vigilancia la responsabilidad de llevar a cabo el procedimiento para que el Congreso del Estado esté en condiciones de designar a los comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Chiapas.