Si no revisas tu buzón puedes tener problemas

Mantener activo el buzón tributario no es lo único que deben hacer los contribuyentes, también deben revisarlo constantemente para verificar si tienen una notificación de parte de la autoridad fiscal, de no hacerlo podrían tener alguna dificultad o incluso una multa, precisó Armando González Arroyo, delegado estatal de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

Indicó que las notificaciones tienen todo un mecanismo, sobre todo para aquellas personas que ya están obligadas a contar con el buzón activo y sus datos de contacto actualizados.

Aviso

Previo a una notificación, el fisco manda un aviso al correo electrónico, si este se encuentra actualizado es posible consultar y conocer si hay una notificación e invita a consultar el buzón tributario; ya en este, la manera de autenticarse es a través de la firma electrónica, que debe estar también vigente.

Con la firma se genera un acuse por única ocasión, que señala la fecha y hora de recepción del documento, el horario de notificación de los documentos electrónicos es de nueve de la mañana a cuatro de la tarde. Si el contribuyente ingresa fuera de ese lapso se dará por notificado al día siguiente.

Si el contribuyente no ingresa a su buzón tributario en los tres días siguientes a recibir una notificación, al cuarto día hábil el fisco lo dará por notificado de manera automática del contenido de la resolución, ahí comenzarán a computar los plazos.

Comprobantes

Dependerá la cuestión si se puedan impugnar o no, los que no lo son, pueden ser de aclaración e igual son relevantes, como la restricción temporal de certificado de sello digital, que sirve para poder facturar y expedir comprobantes fiscales digitales.

Si llega una notificación al respecto, siendo los casos más comunes por la no localización del contribuyente de su domicilio fiscal, existe un plazo de 40 días para presentar un procedimiento de aclaración, si no pasará a ser cancelación.