Como parte del nuevo sistema de justicia laboral, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) se encarga ahora de la legitimación de directivas y contratos colectivos de trabajo de las organizaciones sindicales; se trata de un proceso de votación libre, directo y secreto de todos los trabajadores, verificado por personal de dicho organismo.
Los sindicatos tienen la obligación de legitimar todos los contratos colectivos de trabajo ante el organismo federal, en las ocho sedes estatales creadas en lo que corresponde a la primera etapa del nuevo sistema de justicia laboral.
El director general del CFCRL, Alfredo Domínguez Marrufo, explicó durante un taller dirigido a medios de comunicación, que este proceso tiene la intensión de que todos los trabajadores de un sindicato conozcan cada elemento de su contrato colectivo de trabajo y no sólo unas cuantas cláusulas, que en algunos casos se sometían a votación a mano alzada.
Anteriormente la legitimación de los contratos colectivos estaba a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Refiere que se le consultara de manera directa a todos los trabajos el contenido completo de los documentos mediante impresiones entregadas a cada uno, para posteriormente poder legitimarlo ante el Centro Federal de Conciliación.
Esto se desprende del artículo 11 transitorio del decreto de reforma de la Ley Federal del Trabajo del 1 de mayo de 2019, además que en el anexo 23 del T-MEC dice que la legislación dispondrá que todos los contratos colectivos de trabajo existentes se revisarán al menos una vez durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la misma ley.
Otro de los objetivos de esta disposición es también depurar los contratos colectivos de trabajo de protección o inactivos, depositados ante las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, que son cerca de 550 mil en todo el país. La fecha límite para que los sindicatos cumplan este proceso es el 1 de mayo de 2023.
Una vez hecha la consulta, el sindicato remitirá al Centro Federal el aviso de resultado que acusará recibo del aviso y la documentación anexa para su validación.
En caso de que el organismo no realice observaciones durante los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que se remitió el aviso, el contrato colectivo se tendrá por legitimado y expedirá la constancia correspondiente.
Ahora bien, si la mayoría de los trabajadores se pronuncia en contra del contrato colectivo de trabajo, este se tendrá por terminado, conservándose las prestaciones y condiciones de trabajo contempladas en el mismo que sea igual o superior a las previstas por la Ley Federal del Trabajo.
Domínguez Marrufo apuntó que en el sureste del país el trabajo con los sindicatos ha sido lento. El nuevo sistema de justicia laboral está permeando entre los trabajadores y van un poco bajos, pero están trabajando en nuevas estrategias para la legitimación de los contratos.
Sobre la elección de directivas sindicales en el nuevo sistema de justicia laboral, indicó que establece que los sindicatos lo deben hacer por voto personal, libre, directo y secreto, y que el CFCRL podrá verificar el procedimiento a solicitud de la directiva o de por lo menos el 30 % de los afiliados.
Además que se debe garantizar la representación proporcional por razón de género, enfatizando que en caso de duda razonable sobre la veracidad de la documentación presentada, el CFCRL organizará una consulta para conocer cuál es el sentido de la decisión de los trabajadores.












